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Parte I

La Historia

CREACIÓN
DEL ARCHIVO
NACIONAL

El Presidente José María Plácido Caamaño emite el Decreto con el cual se crea el Archivo Nacional.

Hasta épocas modernas los archivos públicos fueron dominio exclusivo de los gobernantes, restringidos a los ciudadanos, y administrados bajo prácticas empíricas según prestaban utilidad a la élite que los poseía. La historia era interpretada y construida desde el poder.

La Revolución francesa exigió el goce de los bienes nacionales por parte del pueblo. Simón Rodríguez, secretario del Libertador Simón Bolívar, afirmó que: “el archivo de conocimientos de las nacientes Repúblicas ha de ser propiedad pública”. En esa línea, los nacientes estados nación otorgan a la colectividad capacidades soberanas a través de sus legislaciones; su rol central en las decisiones políticas son el preámbulo para que se formen los archivos nacionales y el poder del conocimiento sea del pueblo.

Una vez la América libre, empezando por México, se forman los archivos nacionales como herramientas para ese fin. En Ecuador, de forma más tardía, José María Plácido Caamaño crea el Archivo Nacional en 1884 al amparo de la Constitución de 6 de abril de 1878. El 17 de enero de 1884 se decretó la creación del Archivo Nacional del Ecuador.

Zoila Ugarte
María Cordero

Liderazgo femenino

Dos eminentes mujeres, precursoras del feminismo y derechos de la mujer; la señora Zoila Ugarte de Landívar y la señorita María Cordero y León hicieron los primeros esfuerzos por organizar la documentación del Archivo.

A través de los documentos encontrados en los Fondos Ministerio de lo Interior, Ministerio de Gobierno y el propio archivo central del Archivo Histórico Nacional, se conoce que a inicios del Siglo XX estuvieron a cargo del Archivo dos mujeres: la señora Zoila Ugarte de Landivar "Zarelia", directora de la Biblioteca Nacional; y la señorita María Ramona Cordero y León "Mary Corilé", directora del Archivo Nacional. Ellas hicieron esfuerzos por organizar la documentación de la antigua Presidencia de Quito, contando con listados y sistemas de clasificación.

INSTITUCIONALIDAD Y FUNCIONES

El Presidente Alberto Enríquez Gallo emite el Decreto Supremo N° 7 mediante el cual crea el Museo Artístico y Arqueológico y Archivo Histórico Nacionales.

Durante el Gobierno del General Alberto Enríquez Gallo, se emitió el Decreto N° 7 de 1938, en el cual se le confirieron al Archivo las atribuciones y competencias para salvaguardar la documentación perteneciente a las instituciones del Estado. El mismo año, mediante acuerdo 215 se expide el Reglamento Orgánico para el Museo Único y el Archivo Nacional, que funcionarían juntos y de forma interdependiente. Con esto inicia la institucionalidad real del Archivo.

INTEGRACIÓN DEL ARCHIVO A LA CASA DE LA CULTURA

El Presidente José María Velasco Ibarra integra el Archivo Nacional a la Casa de la Cultura Ecuatoriana y se emprende la construcción de un edificio para su funcionamiento.

En 1944, durante la presidencia de José María Velasco Ibarra, el Archivo Nacional se adhiere a la Casa de la Cultura Ecuatoriana, a través del Decreto N. 707, Artículo N.7. En 1952 se celebra un contrato entre la Casa de la Cultura Ecuatoriana y el ingeniero Carlos Abarca para la construcción de un edificio para el Archivo Nacional de Historia en las instalaciones de la Casa. El local contaría con las columnas necesarias y otras adecuaciones, aunque con escaso espacio.

Directores Paleógrafos e historiadores

A través de fuentes secundarias se conoce que el abogado, escritor, investigador, educador, historiador, paleógrafo Rafael Euclides Silva, nacido en Machachi en 1915; una vez expedido el Decreto de creación del Archivo Nacional de Historia en 1938, fue nombrado Jefe Paleógrafo.

Se observa que hasta 1947 estuvo en la Dirección del Archivo Nacional la Srta. María Ramona Cordero y León sucediéndole Carlos Vivanco.

De los documentos del Archivo es posible observar una permanente gestión por parte de los directores para lograr recursos del Estado. En el Boletín Núm. 1 se cita al presidente de la Casa de la Cultura Ecuatoriana, doctor Pío Jaramillo Alvarado, quien en una Memoria publicada en 1948 menciona: "El Archivo Nacional, que ha estado adscrito a varias dependencias administrativas, sin catalogación, y en el camino de la destrucción por obra del tiempo y del abandono en que siempre ha estado” (Casa de la Cultura Ecuatoriana, 1950, pág.3).

Ley del Sistema Nacional de Archivos

El artículo 20 de la Ley del Sistema Nacional de Archivos (SINAR) establece que el Archivo Nacional, funcionará en Quito, adscrito al Consejo Nacional de Archivos, y tendrá autonomía económica y administrativa.

En la década de los sesenta, en el ámbito internacional ya surgen propuestas para la constitución de Sistemas Nacionales de Archivos.

Más, contar con una legislación en materia de archivos fue una necesidad sentida por el conjunto de la sociedad que se hizo patente con proyectos de ley presentados desde mediados del siglo XX. Se debía resolver el problema de ineficacia de las administraciones públicas para garantizar el acceso y la conservación adecuada de la información bajo resguardo del Estado. Con ese fin, la Ley del Sistema Nacional de Archivos prevé una estructura institucional que funcionó y funciona parcialmente:

Consejo Nacional de Archivos (nivel rector)

Inspectoría de Archivos y Comité Ejecutivo (nivel asesor)

Archivo Nacional, Archivo Intermedio, Archivos activos públicos y privados (nivel ejecutor)

La Ley se encuentra vigente, aunque la institucionalidad establecida ya no existe. Según Decreto Ejecutivo No. 985 de 29 de diciembre de 2011 el Archivo Nacional y sus seccionales pasaron a ser unidades de gestión desconcentrada del Ministerio de Cultura. El Decreto Ejecutivo No. 1346 publicado en el Registro Oficial No. 830 de 31 de octubre de 2012, se transfirió las funciones del Archivo Intermedio a la Secretaría Nacional de la Administración Pública, institución que incorporó en su estructura a la Dirección de Archivo de la Administración Pública.

EL ARCHIVO EN LA LEY ORGÁNICA DE CULTURA

En el año 2016, con la Ley Orgánica de Cultura, el Archivo Histórico Nacional pasa a estar bajo la tutela del Ministerio de Cultura y Patrimonio, al mismo tiempo que se le designa como la institución rectora de la Red de Archivos Históricos.

En la década de los sesenta, en el ámbito internacional ya surgen propuestas para que se piense en la constitución de Sistemas Nacionales de Archivos.

En el marco de la Constitución de la República promulgada en 2008 y considerando es un deber primordial del Estado proteger el patrimonio natural y cultural del país; que las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas; la Asamblea Nacional del Ecuador expidió el 27 de diciembre de 2016 la Ley Orgánica de Cultura. Esta Ley vuelve a referirse al Archivo Histórico Nacional separando su gestión de los archivos administrativos, bajo rectoría de la Secretaría General de la Presidencia de la República.